Consul Elias Brache

Realizó estudios de Derecho en la Universidad Nacional Pedro Henriquez Urena (UNPHU) alcanzando el título de Licenciado en Derecho Cum Laude en 1991.Posee estudios de Gobierno y Políticas Públicas de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso).Ha participado en numerosos cursos y seminarios internacionales en Estados Unidos, Canadá y Centroamérica, sobre negociación de conflictos y liderazgo.Se desempeñó como subsecretario de estado de Relaciones Exteriores de la República Dominicana en el periodo 2000-2002, siendo luego asesor y gerente del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) durante los años 2002-2004.En su tiempo libre colabora con el periodico dominicano El Dia en artículos de opinión.

Viajes con Menores

Las autorizaciones para viajar con menores son realizadas por ciudadanos dominicanos residentes en el extranjero que necesiten autorizar la salida de la República Dominicana, de sus hijos menores de 18 años de edad. Las autorizaciones deben ser realizadas directamente por los padres o representantes legales de los menores.

Este documento debe ser legalizado en Cancillería y Certificado en Migración República Dominicana.

Documentos Requeridos:

Pasaporte, Cédula de Identidad y Electoral dominicana y/u otra identificación oficial como licencia de conducir o tarjeta de identidad del estado donde residen los padres. Ambos padres deben autorizar de manera conjunta o separada.
Nombre y número de pasaporte o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que viajará con el menor de edad en la República Dominicana.
Acta de nacimiento del menor.
Fotografía 2 x 2 del menor.
Costo: US$ 90.00

AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR CON MENORES CON AZAFATA
Sólo necesitan esta autorización los menores de edad nacidos en territorio dominicano y los extranjeros o los dominicanos residentes que tengan más de 3 meses en la República Dominicana.

Las autorizaciones para viajar con menores son realizadas por ciudadanos dominicanos residentes en el extranjero que necesiten autorizar la salida de la República Dominicana, de sus hijos menores de 18 años de edad. Las autorizaciones deben ser realizadas directamente por los padres o representantes legales de los menores.

Este documento debe ser legalizado en Cancillería y Certificado en Migración República Dominicana.

Documentos Requeridos:

Pasaporte, Cédula de Identidad y Electoral dominicana y/u otra identificación oficial como licencia de conducir o tarjeta de identidad del estado donde residen los padres.
Nombre y número de pasaporte o Cédula de Identidad y Electoral de la persona que llevará al menor al aeropuerto y lo entregará a la azafata.
Nombre de la línea aérea.
Acta de nacimiento del menor.
Fotografía 2 x 2 del menor.
Costo: US$90.00

AUTORIZACIÓN GESTIÓN DE DOCUMENTOS PARA MENORES
Con el objetivo de facilitar la gestión de pasaportes en territorio dominicano, las oficinas consulares dominicanas en el exterior facilitan a los padres y tutores legales este proceso. Cuando se trate de una autorización para retirar pasaportes de menores es suficiente con que firme uno de los padres

Este documento debe ser legalizado en la Cancillería de República Dominicana.

Documentos Requeridos:

Pasaporte o Cédula de Identidad y Electoral del (los) AUTORIZANTES.
Acta de Nacimiento de o los menores;
Pasaporte o Cédula de Identidad y Electoral del Apoderado que lo representará en la República Dominicana.
Ciudad donde se solicitará el Pasaporte.

Carta de Ruta

Es un pasaporte provisional que expide el Consulado Dominicano en casos excepcionales, es decir, que su documento esta expirado o perdido, y requiere salir de emergencia hacia República Dominicana.

Requisitos

  • Pasaporte
  • Acta de Nacimiento
  • Cédula

Para carta de ruta a menores se requiere la asistencia del padre y la madre. Si falta uno de ellos, se debe presentar una carta manuscrita del padre o madre faltante; traer el pasaporte del menor, acta de nacimiento y las cedulas del padre y la madre.

Se entrega el mismo día de la solicitud.

Apostillas

DESCRIPCIÓN

La Dirección de Legalización de Documentos en la Sede Central de la Cancillería en Santo Domingo, ofrece a todos los usuarios dominicanos o extranjeros el servicio de Legalización o Apostilla de Documentos Públicos a través de un Certificado de Apostilla seguro y acorde con el formato de la Conferencia de la Haya.

Apostilla:
La República Dominicana es uno de los países firmantes del XII Convenio de La Haya, del 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros que deban ser presentados en otros de los países firmantes del mismo.

Para ello, el Ministerio Relaciones Exteriores (MIREX), como Autoridad Competente, designada por el Estado dominicano, para la aplicación del referido convenio, le coloca un Certificado de Apostilla a cada documento a presentar en el extranjero.

El Certificado de Apostilla cumple con el formato de la Conferencia de la Haya y los requisitos establecidos en el Convenio para autenticar el origen de un documento público. Mediante el referido instrumento el Estado dominicano da fe de:

  1. La existencia del órgano que emite el documento;
  2. La calidad del que firma el documento;
  3. Y la veracidad de las firmas y sellos colocados en el documento con las muestras previamente acreditadas en la Dirección de Legalización de Documentos del MIREX.

En conclusión, un documento apostillado debe ser reconocido por todos los Estados que son signatario del Convenio sobre Apostilla, con excepción de Austria, Bélgica y Alemania que mantienen objeción a la entrada de la República Dominicana como Estado signatario del Acuerdo.

Legalización:
La legalización procede para: a) los documentos producidos por los funcionarios consulares dominicanos acreditados en el exterior en el marco de sus actuaciones, en los casos y dentro de las atribuciones previstas en la Ley No. 716, sobre las funciones públicas de los cónsules dominicanos, Gaceta Oficial No. 6160, del 19 de octubre de 1944, para autenticar la firma del funcionario consular; y b) Los documentos firmados por los referidos funcionarios como parte de la cadena de autenticación de las firmas de oficiales públicos colocadas en los documentos que provienen de un país no firmante o signatario del acuerdo sobre Apostilla.

UNIDAD DE ATENCIÓN

Dirección de Legalización de Documentos.

PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL SERVICIO
  1. USUARIO Accede directamente al Portal de servicios en línea, del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana, a través del siguiente enlace web: https://servicios.mirex.gob.do/, o accede pulsando un clic en Apostilla en Línea del apartado de Servicio en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores en siguiente enlace web: https://servicios.mirex.gob.do/.
  2. USUARIO Inicia un proceso de solicitud en línea del servicio de Apostilla-Legalización a través del módulo de Solicitud de Apostilla-Legalización de Documentos, llenando el formulario electrónico, con los datos correspondientes, acorde con el paso 1, sobre verificación de contacto y paso 2, sobre Documentos a Apostillar o Legalizar.
  3. USUARIO Espera respuesta de aprobación o rechazo de su solicitud al correo suministrado en el paso anterior.
  4. USUARIO Procede a pagar en caso de aprobación de la solicitud o aplica las observaciones o recomendaciones de los oficiales de servicios del MIREX, en caso de rechazo hasta obtener el servicio solicitado.
CANALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

En línea.

A QUIÉN VA DIRIGIDO

Usuarios, Nacionales o Extranjeros.

REQUISITOS PARA LA SOLICITUD

En caso de Apostilla:

  1. Los documentos públicos remitidos deben ser imágenes del original que solo contengan la imagen del documento, sin sobrantes ni imágenes del alrededor (no agregar los recibos).
  2. Legalización previa, cuando aplique, acorde con la siguiente tabla, que contiene los casos más frecuentes:
#TIPO DE DOCUMENTOCERTIFICACIÓN PREVIA
1)Actos de Estado CivilCertificación de la Junta del Distrito, la cual certifica la firma del Oficial del Estado Civil actuante que expidió el Acta del Estado Civil.
 a. Actas de Nacimiento.
 b. Matrimonio.
 c. Divorcio.
 d. Defunción.
 e. Certificados de Cédulas.
2)Documentos (Jurídicos) JudicialesDepartamento de Legalización de Firmas de la Procuraduría General de la República.
 • Sentencias.
 • Notarios.
 • Intérpretes Judiciales.
 • Sin antecedentes penales.
3)Documentos relacionados a la Educacióna. Documentos de primaria y secundaria deben estar certificados o legalizados por el Ministerio de Estado de Educación.b. Documentos de Educación Superior (Universidades), deben estar certificados por el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT).
4)Documentos provenientes de la Saludc. Certificados por el Ministerio de Salud Pública.
5)Documentos relacionados a la Constitución de Compañías, Asambleas y Registro Mercantild. Certificados por la Cámara de Comercio.
6)Documentos bajo firmas privadase. Para darle fecha cierta, u posibilidad a los terceros, se registran en el Registro Civil.
7)Documentos relacionados a los Militaresf. Departamento de Legalización del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional.
8)Documentos relacionados a la Religión Católica.g. Departamento de Legalización del Arzobispado.

Nota: Los documentos instrumentados por autoridades públicas de un Estado signatario del Convenio, se Apostillan en el organismo designado como autoridad competente por el Estado de donde provengan la referida autoridades.